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Derechos

Citar otros trabajos

Es importante la citación correcta de cualquier fragmento de texto (también alterado) que se adopte literalmente o se adapte de otros trabajos. En general, citar brevemente de otras obras está permitido si la suya así lo requiere y si se cita correctamente la fuente.
Se prohíbe la adopción de grandes pasajes textuales, figuras, tablas, etc. pertenecientes a otros trabajos por razones de derechos reservados. Esto también se aplica a cualquier apéndice del texto. Si hay alguna duda, las partes respectivas del manuscrito deben ser quitadas.

Universidad y derechos del autor

Según el concepto legal general, el autor de un trabajo académico-científico es el único dueño de los derechos reservados y de la explotación no comercial o comercial del mismo.
La universidad o escuela es una institución educativa científica y al final una oficina de examinación. Se le permite así el derecho al uso con respecto al contenido del mismo en el marco de su propia investigación científica y educación (incluyendo publicación). La universidad/institución, sin embargo, no posee el derecho de publicación, difusión, duplicación ni de la explotación comercial sin la aprobación del autor.
Algunos autores transfieren el derecho a las universidades, aunque éstos no son excluyentes a ellas. En tales casos, no habría conflicto con los Términos y Condiciones Generales de EAE. La transferencia de los derechos no excluyentes a la universidad no implicaría problema alguno.
Si el autor, empleado por la universidad, ha escrito su trabajo en el marco de un proyecto de investigación, la comercialización del mismo es posible únicamente si la universidad lo aprueba.
Si el autor, empleado por compañías u otras organizaciones, realiza un proyecto de investigación que contiene datos internos o información confidencial, éste se podrá publicar solamente con la aprobación de la compañía u organización respectiva.