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Los contratos públicos y las comunidades de bienes

Los contratos públicos y las comunidades de bienes

El contratista en la LCSP

Editorial Academica Espanola ( 17.09.2018 )

€ 87,90

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En el ordenamiento jurídico español para poder participar en un procedimiento de contratación y ser contratista necesariamente tanto las personas físicas como las jurídicas deben poseer “capacidad de obrar”, salvo que la propia normativa diga lo contrario. El término “capacidad” es la causa de exclusión de los entes carentes de personalidad para contratar con el sector público según interpretación de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa (JCCA), con la única excepción de las uniones temporales de empresas (ute). Las directivas europeas de contratación pública, consideran que lo que le importa al poder adjudicador para contratar no es la forma de constitución de la empresa licitadora o candidata a la contratación con el sector público sino sus habilidades o cualificación para la realización del servicio que se le requiere y en lugar de utilizar los conceptos “persona física y jurídica” o “capacidad de obrar” los sustituye por el de “operadores económicos”, término que no lleva las connotaciones excluyentes de los anteriores.

Detalles de libro:

ISBN-13:

978-620-2-17025-3

ISBN-10:

6202170255

EAN:

9786202170253

Idioma del libro:

Español

Por (autor):

MARÍA ÁNGELES García García

Número de páginas:

352

Publicado en:

17.09.2018

Categoría:

Derecho Público, Derecho Procesal Administrativo, Constitucional